PROYECTO DE DECRETO: MODERNIZACIÓN DIGITAL DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ISIDRO

Expte. 175-HCD-09: Creación del sitio Web del HCD de San Isidro.
Fecha de Ingreso: 22 de Diciembre de 2009.
Giro a Comisión: Legislación, Interpretación y Reglamento.
Autor: Concejal Santiago Cafiero/Concejal Leandro Martin.
San Isidro, 22 de Diciembre de 2009



AL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ISIDRO

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


PROYECTO DE DECRETO: MODERNIZACIÓN DIGITAL DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ISIDRO


VISTO:

Que el Honorable Concejo Deliberante de San Isidro debe dar cuenta públicamente de las acciones, debates y decisiones legislativas adoptadas en su ámbito de actuación institucional como lo establecen la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de Municipalidades (Decreto-Ley 6769/58), y;


CONSIDERANDO:

Que es necesario trabajar en la modernización del ámbito legislativo local incorporando como herramientas de participación y control vecinal a la gestión del HCD a las nuevas tecnologías de información y comunicación a las que acceden cotidianamente gran parte de la comunidad sanisidrense.

Que la creación de la Página Web oficial del Honorable Concejo Deliberante de San Isidro implica garantizar la independencia de poderes para la formulación autónoma de los criterios de contenidos que en la actualidad se encuentran diseñados, determinados e incluidos por el Departamento Ejecutivo en su sitio institucional de Internet (www.sanisidro,gov.ar).

Que la mencionada página del Gobierno municipal en la actualidad destina un espacio al Concejo Deliberante en el cual puede encontrarse información básica referida a su conformación, cuáles son y cómo están integradas las distintas comisiones permanentes, los nombres de los 24 concejales junto a los datos de sus despachos correspondientes, mail institucionales, y una brevísima descripción de prensa de las sesiones desarrolladas desde el año 2007 al 2009 donde se hace solo mención a los expedientes tratados y aprobados por el Cuerpo.

Que los/as vecinos/as tienen derecho al acceso directo, libre y gratuito de toda la información acerca del funcionamiento y estructura organizativa del HCD en la que figure, la nómina completa de las Autoridades; la nómina completa de los Concejales y de los Bloque Partidarios que conforman consignando los números de teléfonos de sus oficinas y las direcciones de correo electrónico; el Registro digital del Personal de planta y contratado del Concejo Deliberante, de los Concejales y de los respectivos Bloques partidarios; el Boletín de Asuntos Entrados; las Comisiones Permanentes y Especiales debiendo figurar: competencias, autoridades, miembros, día y horario de funcionamiento, digitalización de proyectos ingresados y dictámenes emitidos por cada una de ellas; las Actas de reuniones de las Comisiones Internas y detalle de asistencia; Orden del Día de la totalidad de las Sesiones a realizarse con indicación del día y horario, asuntos entrados, dictámenes de comisión; la actualización diaria de la base de datos digital de los proyectos ingresados; el Diario de Sesiones; las Versiones Taquigráficas de las sesiones celebradas actualizadas; la publicación completa del Digesto Municipal online; el detalle de sueldos de los concejales, secretarios y personal jerárquico; las Declaraciones Juradas de los Concejales y de las Autoridades del Honorable Cuerpo y el estado de ejecución presupuestaria del Honorable Cuerpo, en forma trimestral.

Que a los efectos de garantizar la participación de la comunidad en el control de la toma de decisiones del departamento deliberativo el Secretario del Cuerpo deberá realizar un informe anual de la gestión que constará de un detallado análisis del Presupuesto anual y ampliaciones asignadas al HCD; la cantidad, monto y destinatarios de los subsidios aprobados; la ejecución Presupuestaria a la fecha del informe; la cantidad y tipo de expedientes ingresados; la normativa sancionada; las reuniones de Comisiones realizadas y dictámenes emitidos; las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias celebradas; las actividades pedagógicas realizadas con alumnos de establecimientos educativos; las actividades artísticas y/o culturales desarrolladas en el ámbito del HCD; los convenios celebrados con otras Instituciones y toda otra información de interés general, relacionada con el quehacer del Honorable Cuerpo.

Que además proponemos con la finalidad de modernizar el proceso de formación y presentación de proyectos legislativos la construcción de un sistema software que vía Internet e intranet agilice y facilite la tarea parlamentaria, la redacción de las normas y la creación de una memoria informática sobre los distintos expedientes que se generan cotidianamente dentro del circuito deliberativo por cada uno de los/as concejales, el departamento ejecutivo y los/as vecinos/as que ingresan sus proyectos por mesa de entradas. Esto además va a posibilitar el seguimiento del estado de los expedientes en las distintas comisiones, como así también, conocer la fundamentación de los dictámenes emitidos por cada tema tratado en las mismas.

Que por último el presente proyecto incluye la transmisión de las sesiones en vivo por Internet y la modificación del reglamento del cuerpo para implementar el registro de votaciones electrónicamente, sistema, que permite nominalizar eficazmente las mismas para que cada vecino/a sepa qué vota cada uno de sus representantes.

Que resulta indispensable iniciar este proceso de Modernización Digital del Honorable Concejo Deliberante que permitirá optimizar esta herramienta en beneficio de la de los/as vecinos/as en el seguimiento y control de la gestión deliberativa dando un paso fundamental y cualitativo para el fortalecimiento y consolidación de la democracia representativa y participativa en San Isidro.

Por todo lo expuesto el Bloque Partido Justicialista solicita el tratamiento y sanción del siguiente:


PROYECTO DE DECRETO

ARTÍCULO 1°: Créase el sitio Web del Honorable Concejo Deliberante de San Isidro que fijará autónomamente sus propios criterios de contenidos con la finalidad de salvaguardar la independencia de poderes.

ARTÍCULO 2°: A los fines de garantizar el libre Acceso al Información Pública de los vecinos con respecto al funcionamiento, nomina de autoridades, miembros, personal y estructura organizativa de este Honorable Cuerpo la página de Internet institucional deberá contener:

a) Nómina completa de las Autoridades.

b) Nómina completa de los Concejales y de los Bloque Partidarios que conforman consignando los números de teléfonos de sus oficinas y las direcciones de correo electrónico.

c) Registro digital del Personal de planta y contratado del Concejo Deliberante, de los Concejales y de los respectivos Bloques partidarios.

d) Boletín de Asuntos Entrados.

e) Comisiones Permanentes y Especiales debiendo figurar: competencias, autoridades, miembros, día y horario de funcionamiento, digitalización de proyectos ingresados y dictámenes emitidos por cada una de ellas.

f) Actas de reuniones de las Comisiones Internas y detalle de asistencia.

g) Orden del Día de la totalidad de las Sesiones a realizarse; con indicación del día y horario, asuntos entrados, dictámenes de comisión.

h) Actualización diaria de la base de datos digital de los proyectos ingresados.

i) Transmisión en vivo vía Internet de las Sesiones del HCD.

j) Diario de Sesiones.

k) Versiones Taquigráficas de las sesiones celebradas.

l) Publicación On Line del Digesto Municipal.

m) Detalle de sueldos de los concejales, secretarios y personal jerárquico.

n) Declaraciones Juradas de los Concejales y de las Autoridades del Honorable Cuerpo.

o) Estado de ejecución presupuestaria del Honorable Cuerpo, en forma trimestral.

ARTÍCULO 3º: Asimismo el HCD publicará en su página Web oficial un informe anual sobre la gestión realizada que deberá ser elaborado por la Secretaría del Cuerpo, antes del 30 de diciembre de cada año.

ARTÍCULO 4º: El informe Anual de Gestión del HCD San Isidro deberá contar para consulta de las/os vecinas/os con la siguiente información:

a) Presupuesto anual y ampliaciones asignadas al HCD.

b) Cantidad, Monto y destinatarios de los subsidios aprobados.

c) Ejecución Presupuestaria a la fecha del informe.

d) Cantidad y tipo de expedientes ingresados.

e) Normativa sancionada.

f) Reuniones de Comisiones realizadas y dictámenes emitidos.

g) Sesiones Ordinarias y Extraordinarias celebradas.

h) Actividades pedagógicas realizadas con alumnos de establecimientos educativos.

i) Actividades artísticas y/o culturales desarrolladas en el ámbito del HCD.

j) Convenios celebrados con otras Instituciones.

k) Toda otra información de interés general, relacionada con el quehacer del Honorable Cuerpo.

ARTÍCULO 5º: Modifíquese el artículo 48º del Reglamento Interno de este Honorable Cuerpo el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 48º: Todo asunto o proyecto que presente o promueva uno o más Concejales deberá presentarse en soporte digital y por escrito firmado por su autor o autores con sus fundamentos, en forma de proyecto de Ordenanza, Decreto, Resolución o Comunicación, a excepción de las mociones a que se refiere el Capitulo IX (De las Mociones).

Una vez girado a la o las comisiones correspondientes será publicado en la pagina web oficial de este Honorable Cuerpo”.

ARTÍCULO 6º: Modifíquese el artículo 109º del Reglamento Interno de este Honorable Cuerpo el que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 109º: Las votaciones del Concejo serán nominales, por sistema electrónico o por signos. La votación nominal se hará de viva voz por cada concejal por sistema electrónico, previa invitación del Presidente o del Secretario, por delegación de aquel. La votación por signos, se hará poniéndose de pie o levantando la mano. El sistema de registro electrónico de votaciones se aplicará solamente al momento del tratamiento y sanción de proyectos de Ordenanzas. El acta de votaciones deberá publicarse en la página web oficial de este Honorable Cuerpo”.

ARTÍCULO 7º: Modifíquese el artículo 13º del Reglamento Interno de este Honorable Cuerpo el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 13º: La sesiones serán públicas y transmitidas en vivo vía Internet a través de la página web oficial del HCD y del Gobierno Municipal. Podrán ser secretas cuando lo resuelve la mayoría del total de los miembros del Concejo y siempre que se trate de considerar un asunto que por su naturaleza así lo aconseje.



También podrá solicitarlas el Sr. Intendente, con la aprobación del Cuerpo”.

ARTÍCULO 8º: La deducción de gastos para la creación del software, diseño, hosting y mantenimiento de los contenidos de la página Web oficial y de lo establecido en el presente decreto deberán ser previstos en la partida presupuestaria destinada al HCD en el Presupuesto General de Gastos y Recursos del año 2010.

ARTÍCULO 9º: El incumplimiento de la publicación y debida actualización de la información detallada en los artículos 2º y 3º, configurará falta grave del Presidente y Secretario del Honorable Cuerpo.

ARTÍCULO 10º: De Forma.