Fecha de Ingreso: 23 de Marzo de 2010.
Giro a Comisión: Interpretación y Reglamento
Autor:Concejal Santiago Cafiero/Concejal Leandro Martin
San Isidro, 23 de Marzo de 2010
AL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ISIDRO
Visto:
La probable licitación pública y venta que podría haber efectivizado la Municipalidad de San Isidro del predio ubicado entre las calles Colectora Panamericana, Thames, Tupac Amaru y Rivera en la localidad de Villa Adelina, a una empresa privada para el desarrollo de un emprendimiento inmobiliario y comercial y;
Considerando:
Que antes de ser propiedad municipal dicho predio perteneció a la Armada Argentina funcionando durante la última dictadura militar como centro clandestino de detención el Servicio de Inteligencia Naval (SIN) según testimonios de personas secuestradas registrados por la CONADEP, entre ellos el de la escritora Pilar Calveiro.
Que además, a partir de la declaración de Lila Pastoriza (ex detenida-desaparecida, periodista e importante referente en el campo de los derechos humanos) durante el Juicio a las Juntas Militares, se pudo saber que el chalet que existía en el lugar (demolido en 1983), se conocía como “la casa del SIN” o “casa del Comandante” y constituía el centro de torturas utilizado por el Servicio de Inteligencia Naval como paso previo a la internación de prisioneros en la ESMA.
Qué asimismo varios vecinos de la zona entrevistados en distintas épocas, corroboran la información detallada por los ex detenidos-desparecidos acerca de la función del predio durante el último gobierno de facto.
Que el pasado 5 de Marzo, este Bloque recibió la carta presentada por la Comisión por la Memoria, la Verdad y la Justicia de Zona Norte ante las autoridades del Concejo Deliberante de San Isidro (Expte. Nº HCD-013-2010); en la que se solicita en el marco de la Ley Provincial Nº 13.584, la preservación y señalización del predio de Thames y Panamericana y la de otros lugares de San Isidro como el COT 1 Martínez, la Comisaría 4º de Martínez y el Batallón de Arsenales 601 que se encuentran en similar situación respecto de la represión ilegal.
Que la solicitud impulsada por la Comisión de Zona Norte obtuvo la adhesión de las Secretarias de Derechos Humanos de la Nación y de la Provincia de Buenos Aires.
Que la Ley Provincial Nº 13.584 establece en su artículo 1°: “El Poder Ejecutivo deberá arbitrar los medios para la preservación de todos los lugares que funcionaron como centros clandestinos de detención durante la última dictadura militar”. Artículo 2°: “El Poder Ejecutivo deberá colocar placas identificatorias en todos los lugares donde funcionaron dichos centros clandestinos de detención en el ámbito de la provincia de Buenos Aries, en recuerdo de todos los compañeros detenidos desaparecidos que fueron torturados y confinados en ellos”.
Que en la documentación adjuntada a dicha solicitud, figura una investigación sobre el predio de Thames y su funcionamiento como Centro Clandestino de Detención, realizada por alumnos de la Escuela Media Nº 6 del distrito de San Isidro, en el año 2006, en el marco del proyecto curricular de Jóvenes y Memoria de la Comisión Provincial por la Memoria. Los alumnos participantes de la investigación propusieron a modo de cierre del proyecto, la realización de un mural alusivo a partir de la construcción de una pared, gestión que realizó la Comisión por la Memoria, la Verdad y la Justicia de Zona Norte con el Departamento Ejecutivo Municipal, aún sin respuesta.
Que ante el reconocimiento de la historia del lugar por parte de las autoridades municipales, resulta una responsabilidad ineludible del Gobierno local tomar la medidas necesarias para que toda la comunidad de San Isidro reconozca y visibilice lo sucedido en el predio.
Que la probable licitación pública y venta del predio municipal de Thames y Panamericana es una acción que va en dirección contraria al logro de dicho objetivo y al cumplimiento de la Ley Nº 13. 584.
Que desde el Bloque Partido Justicialista y el Bloque Peronista adherimos plenamente a la solicitud realizada por la Comisión por la Memoria, la Verdad y la Justicia de Zona Norte porque consideramos que es fundamental conservar los sitios vinculados a la represión ilegal, para el ejercicio de la memoria y la búsqueda de la verdad en pos del logro de la justicia, con el fin de que procesos genocidas como el desarrollado durante la última dictadura argentina, no vuelvan a ocurrir en nuestro país.
Que por otro lado, es importante decir que la venta de terrenos fiscales no constituye una política económica sostenible; resuelve problemas de financiamiento en el corto plazo, pero genera nuevos y graves inconvenientes en el mediano y largo plazo, tales como la reducción (en general irreversible) del patrimonio estatal y en zonas urbanas, la escasez de espacios verdes, públicos y recreativos como sucede en la localidad de Villa Adelina.
Por todo lo expuesto, el Bloque Partido Justicialista y el Bloque Peronista propone el siguiente:
Proyecto de Comunicación:
Artículo Nº 1: El H.C.D. solicita al D.E. informe a través de los organismos correspondientes acerca del estado dominial en que se encuentra el predio ubicado entre las calles Colectora Panamericana, Thames, Tupac Amaru y Rivera en la localidad de Villa Adelina (ex Campo de Deportes Municipales Nº5) especificando de haberse realizado la Venta:
a) Motivos fundamentados fehacientemente para la realización de la venta, informe sobre el destino especifico y utilización del capital obtenido por la venta, Documentación que acredite los datos de compra-venta (nombre de comprador-vendedor, precio de venta), escrituración y la inscripción registral municipal.
b) Proceso de Licitación Pública, Listado de Oferentes, Ofertas realizadas, Seguros de Caución, apertura de Sobres, listado de presentes, Criterios de adjudicación.
Artículo Nº 2: Solicitar además al DE que explique y eleve a este cuerpo el plan municipal con el que dará cumplimiento a la Ley Provincial 13.584 en la que se establece la preservación y señalización de los sitios que funcionaron como centros clandestino de detención en los lugares como el predio del SIN en Thames y Panamericana, el COT 1 Martínez, la Comisaría 4º de Martínez y el Batallón de Arsenales 601.
Artículo Nº 3: De Forma.