PROYECTO DE ORDENANZA: PROGRAMA “SAN ISIDRO INCLUSIÓN DIGITAL PARA TODOS”

Expte.174-HCD-09: Creación del Programa San Isidro Inclusión Digital para Todos.
Fecha de Ingreso: 22 de Diciembre de 2009.
Giro a Comisión: Legislación, Interpretación y Reglamento.
Autor: Concejal Santiago Cafiero/Concejal Leandro Martin.
San Isidro, 22 de Diciembre de 2009


AL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ISIDRO


ORDENANZA: PROGRAMA “SAN ISIDRO INCLUSIÓN DIGITAL PARA TODOS”


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


VISTO:

La necesidad de por un lado, extender el acceso libre y gratuito a la banda ancha en San Isidro y por el otro, de generar capacitaciones sobre los diferentes usos de las nuevas tecnologías de la información y comunicación (TIC´s), como forma de promover la igualdad de oportunidades con equidad y justicia social para el conjunto de la comunidad de San Isidro, y;


CONSIDERANDO:

Que en la actualidad, el desarrollo sociocultural y económico de los países está estrechamente relacionado con el nivel de desarrollo y de accesibilidad a las TIC´s que poseen sus habitantes, empresas e instituciones.

Que asimismo, el uso y manejo de las nuevas tecnologías es una herramienta fundamental que influye cada vez más, en el nivel de formación educativa y posibilidades de acceso al mercado laboral de las personas.

Que en consecuencia, resulta necesario que la Municipalidad de San Isidro implemente acciones tendientes a brindar el acceso libre y gratuito a Internet y a las TIC´s para todos los habitantes y visitantes del distrito, como forma de brindar los medios necesarios para el desarrollo de las personas y de la comunidad en general.

Que si bien este tipo de acciones son imprescindibles no resultan suficientes para generar condiciones de igualdad, equidad y justicia social en relación al uso de las TIC´s. Una de las problemáticas emergentes de la Sociedad de la Información es la existencia de la “brecha digital”, es decir, la desigualdad existente entre distintos sectores de la población en términos de accesibilidad a Internet y al uso de la TIC´S, como consecuencias de la desigualdad socioeconómica y cultural.

Que la reducción de la brecha digital no puede estar sustentada solamente, en la provisión de equipamiento tecnológico o de subsidios, a los establecimientos educativos para la creación de gabinetes informáticos. Resulta necesario también, por un lado, acompañar este tipo de iniciativas con programas educativos de capacitación sobre el uso de las TIC´S y por el otro, extender el acceso y la capacitación a la población en general, con la apertura de centros informáticos comunitarios y gratuitos, espacialmente, en sectores que viven en situación de vulnerabilidad social.

Por todo lo expuesto, el Bloque Partido Justicialista solicita el tratamiento y sanción del siguiente:


PROYECTO DE ORDENANZA


ARTÍCULO 1°: Créase el Programa San Isidro Inclusión Digital para Todos

ARTÍCULO 2°: FINALIDAD

El Programa San Isidro Inclusión Digital para Todos tendrá como finalidad generar condiciones de igualdad y justicia social en el acceso y uso de las nuevas tecnologías, a través de lograr la libre accesibilidad a la banda ancha en todo el distrito de San Isidro y de generar instancias de capacitaciones en el uso de las TIC´s.

ARTÍCULO 3º: OBEJTIVOS

a) Proveer la infraestructura y conectividad necesaria que posibilite el acceso equitativo y gratuito a Internet al conjunto de nuestra comunidad.

b) Brindar a los vecinos capacitaciones que le posibiliten utilizar las TIC´s como herramientas para la formación ciudadana (en relación a los derechos culturales y educativos, a la seguridad urbana y la prevención social, a la salud, etc.), el desarrollo personal y la inserción y el desarrollo laboral.

c) Profundizar las políticas municipales de turismo, brindando beneficios tecnológicos de avanzada a los visitantes.

d) Mejorar el proceso ciudadano y productivo a través de las TIC´S, haciendo de la ciudad un mejor y más atractivo lugar para las personas y las organizaciones.

ARTICULO 3º: ACCIONES

• Se instalarán Centros de Servicio Gratuito de Internet en los siguientes espacios de gran convergencia de vecinos: el Edificio Municipal, delegaciones descentralizadas en cada localidad, campos de deportes municipales, predio del programa de Adultos Mayores “Puerto Libre” y centro de jubilados, instalaciones del Tren de La Costa, centros comerciales, organizaciones de la comunidad en los barrios “La Cava”, “Bajo Boulogne”, “Covicom”, “Sauce”, “Barrio Obrero Ferroviario”, “Bajo San Isidro”, “Los Perales”, “Santa Rita, “Barrio San Isidro”, “Santa Ana”, “El Congo”, “Villa Jardín”, “Vareadotes”, y demás barrios con población en situación de vulnerabilidad social, oficinas públicas, zonas de parques, grandes plazas y espacios de esparcimiento público. El Departamento Ejecutivo determinará las etapas de implementación del Programa y los lugares de Interés Municipal en el que se instalará el servicio.

• Se firmará un convenio entre la Dirección General de Educación de la Municipalidad de San Isidro y el Consejo Escolar de dicho distrito, para llevar a cabo una campaña de información y formación educativa y cultural sobre el uso de las nuevas tecnologías en las Escuelas de nivel primario y secundario.

• Se crearán Centros Digitales Comunitarios Gratuitos en cada localidad del distrito y en barrios con población en situación de vulnerabilidad social para disminuir la “brecha digital” y fomentar el acceso igualitario a la información, y a la formación en las nuevas tecnologías y al acceso y uso de Internet.

• Se creará el subprograma municipal “Recolección y Reciclado de PC´s en desuso (Basura Electrónica)” con el objetivo de iniciar un proceso de aprendizaje con salida laboral para jóvenes y adultos en situación de desempleo, a través del reacondicionamiento de equipos y software destinado para su donación y utilización en escuelas públicas y organizaciones de la comunidad.

ARTÍCULO 4°: RECURSOS ECONÓMICOS

El Departamento Ejecutivo deberá destinar la partida presupuestaria correspondiente al presente Programa de Rentas Generales.

ARTICULO 5º: Se faculta al Departamento Ejecutivo para establecer, acuerdos y/o convenios con otros organismos gubernamentales de carácter nacional o provincial, organismos internacionales, como así también, adhesiones a programas estatales relacionados; y con empresas privadas prestatarias de este tipo de servicios a nivel local a los efectos de cumplimentar con el mismo.

ARTÍCULO 7°: El Departamento Ejecutivo dará amplia difusión del Programa y subprogramas a toda la comunidad a través de publicidad de gobierno en el espacio público, dependencias municipales, medios de comunicación zonales y reuniones informativas con organizaciones de la comunidad, foros vecinales, asociaciones gremiales, empresas, organizaciones sociales, clubes, centros comunitarios, fuerzas políticas, instituciones culturales, religiosas, de profesionales y particulares especializados en la materia.

ARTÍCULO 8°: De forma.